
Cualquier sociedad, empresa, autónomo que tenga dado de alta en Régimen General al menos a un trabajador, tiene derecho a una subvención destinada a la Formación Continua de Trabajadores de los empleados. El año natural es el tiempo destinado para esta subvención, la cual no es acumulativa pero renovable anualmente.
El Crédito asignado a la empresa para que subvencione su formación depende de una tabulación en la cual convive una doble entrada, la Cuota de Formación Profesional y el número de trabajadores medio, del año anterior. La plantilla media es un dato que impone la aplicación de un porcentaje sobre la Cuota de Formación Profesional.
El mínimo crédito es de 420 €.
La Entidad Organizadora, es una empresa (centro de formación) cuya actividad consiste en gestionar, organizar, ejecutar y desarrollar acciones formativas para las empresas en función de las necesidades y demanda del mercado laboral.
El Modelo Convenio de Agrupación, es un documento necesario para que una empresa participe en una acción formativa, la cual pertenece a un Plan Agrupado de formación.
En este modelo se especifican y firman todas aquellas empresas que van a formar parte de un Plan Agrupado para participar de forma conjunta en acciones formativas.
El Modelo de Adhesión permite que una empresa se pueden incorporar a un Plan Agrupado ya creado con anterioridad a la adhesión de la nueva empresa, y así poder participar en las acciones formativas desarrolladas para el Plan Agrupado.
Una empresa puede pertenecer a varios Planes Agrupados y participar en diferentes Acciones Formativas del mismo Plan o bien diferentes Planes Agrupados.
Las Acciones Formativas se crean dentro de un Plan Agrupado de empresas. No existe un límite de Acciones Formativas, ni tampoco de empresas que se pueden adherir al Plan.
En las Acciones Formativas se detallan las características esenciales, como son: Nombre de la acción, duración, modalidad (presencial o distancia), objetivos y contenidos.
Una vez definidas las Acciones Formativas, se crean los diferentes Grupos para esa misma Acción. En cada Grupo se detalla las características esenciales de los cursos, como son: fechas, horarios, lugar de impartición, etc.
Una vez que la empresa ha participado en un curso, junto con más empresa dentro de un Plan Agrupado, la Entidad Organizadora emite una/as factura/as que suman el importe total del curso por parte de cada empresa participante, la cual será abonada a la entidad organizadora.
El importe total lo tendrá que reflejar la empresa a través de algunos de los dos sistemas siguientes:
Los usuarios del sistema RED son, de forma obligatoria, las empresas de más de 10 trabajadores y, de forma voluntaria, las empresas de menos de 10 trabajadores que les permite presentar vía electrónica los boletines de cotización.
Las empresas que trasmitan a través del Sistema RED la relación normal de trabajadores (TC2) y efectúen el ingreso de cuotas mediante TC1, deberán aplicar el importe de la bonificación en la casilla 601 del TC1 (Suma de bonificaciones/Subvenciones).
Para dar cumplimiento a la Orden Ministerial, se crea un nuevo tipo de bonificación denominada “ Bonificación INEM Formación Continua” casilla 763. Esta bonificación no está asociada a datos de ningún trabajador y su importe se acumulará, de forma automática, en la casilla 601.
Las empresas de menos de 10 trabajadores que no presenten la relación nominal de trabajadores (TC2) a través del sistema RED, deberán aplicarse el importe de las bonificaciones por Formación Continua en un documento TC1 complementario que no llevará asociado ningún documento TC2.
Este documento estará codificado con clase de liquidación (CL) “4: COMPLEMENTARIA” y con clave de control (CC) “95: bonificaciones por Formación Continua” y sólo deberá contener el importe de las bonificaciones por Formación Continua).

En la mayor parte de los casos es suficiente con el CIF, DNI, nombre y apellidos del Representante Legal de la empresa (propietario, administrador único, etc). Estos datos serán incorporados a la Aplicación Telemática de la Fundación Tripartita (organismo responsable de la Formación Continua de Trabajadores).
Un alumno se puede incorporar a una Acción Formativa tiene como fecha límite hasta el día anterior al comienzo del curso.
Los datos necesarios son los siguientes:
Nombre y Apellidos, DNI, Número de la Seguridad Social, CIF de la empresa a la que pertenece. Una vez comenzado el curso, el alumno aportará los documentos siguientes: fotocopia del DNI, fotocopia de la nómina.
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