Pasos a seguir para tramitar una herencia

Pasos a seguir para tramitar una herencia

Cómo tramitar una herencia paso a paso

 

Denominamos herencia, al conjunto de bienes, derechos y obligaciones que forman el patrimonio o caudal hereditario de una persona a su fallecimiento. Este conjunto de bienes y derechos en ocasiones recibe el nombre de caudal hereditario.

Este caudal se relaciona en el inventario de bienes con su correspondiente pasivo. Los trámites relacionados con la herencia, los bienes que el fallecido pudiera tener a su nombre tienen hasta 6 meses para su tramitación, se puede prorrogar incluso a un año en ciertos casos.

Al tramitar una herencia, tras el fallecimiento de un ser querido, afrontamos, además del dolor de la perdida, la necesidad de tramitar la herencia con las dudas que surgen acerca de los trámites que se deben realizar para gestionar los bienes del fallecido.

 

A continuación vamos a intentar explicar de manera sencilla los pasos a seguir para tramitar una herencia con el menor coste posible.:

 

1.- La primera gestión sería solicitar el Certificado de Defunción en el Registro Civil, pasadas las 24 horas del fallecimiento. Habitualmente, las empresas funerarias se encargan de enviarnos el Certificado de Defunción, pero en caso de que no nos lo envíen, se deberá solicitar en el Registro Civil donde la persona haya fallecido.

 

2.- Una vez se tenga el Certificado emitido por el Registro Civil, se deberá solicitar el Certificado de Últimas Voluntades y de los contratos de seguros, emitido por el Ministerio de Justicia, para saber si el fallecido otorgó testamento, y si existe algún seguro de vida que los herederos desconozcan. Transcurrido 15 días hábiles desde el siguiente a la defunción, se puede solicitar el certificado de últimas voluntades y el certificado de contratos de seguros en la Gerencia del Ministerio correspondiente a su domicilio. En el Certificado de Últimas Voluntades, veremos si la persona fallecida había otorgado testamento..

 

3.- En caso de haberse otorgado testamento, se deberá solicitar una copia autorizada del mismo. El único testamento valido será el de fecha más reciente. La copia se pedirá en la notaría donde se otorgo el testamento para lo cual debemos acompañar la solicitud con los certificados del Registro General de Actos de última Voluntad y el de defunción. En el testamento aparecerán las personas a las que el fallecido ha nombrado herederos y en que proporción

 

4.- En caso de no hacer otorgado testamento para tramitar una herencia, lo herederos deberán realizar una declaración de herederos ante el Notario, debiendo, en este caso, acreditar el parentesco con el causante.

 

5.- Cuando ya se tiene el testamento o la declaración de herederos, seguiremos con la tramitación herencia elaborando el inventario de los bienes del causante, los cuales se repartirán según las disposiciones testamentarias o según lo establecido en el Código Civil. Este inventario se confeccionará o bien en un cuaderno particional privado, o bien en una escritura Notarial de herencia. Es obligatorio firmar ante el Notario la herencia cuando hay bienes inmuebles, ya que los documentos privados no pueden acceder al Registro de la propiedad a excepción de las herencias de heredero único. Es decir, que es obligatoria hacer la herencia ante Notario cuando queramos registrar la herencia en el Registro de la Propiedad, pudiendo evitar esta paso, y así ahorrar costes en caso de no querer practicar dicha inscripción. En caso de no existir bienes inmuebles no es necesaria acudir al Notario, con un cuaderno particional privado sería suficiente para repartir la herencia y pagar los correspondientes impuestos.

 

6.- Una vez hechas las adjudicaciones de bienes, se deberá proceder al pago del Impuesto de Sucesiones.Si previamente habías planificado tu herencia, este impuesto de sucesiones y dinaciones se podía haber reducido de manera importante, como se puede ver en este artículo:Impuestos y donaciones: cómo ahorrar en el impuesto de sucesiones y donaciones.

Este impuesto se debe pagar en el plazo de 6 meses, pudiéndose pedir una prorroga dentro de los 5 primeros meses de otros 6 meses más, pero en ese caso se devengaran intereses de demora hasta el día de liquidación del impuesto. El impuesto se paga en la Comunidad Autónoma donde el causante tenia su domicilio habitual durante los últimos 5 años. Igualmente en caso de existir bienes inmuebles se deberá abonar el impuesto de plusvalía municipal, este impuesto se devenga en el ayuntamiento donde se encuentre ubicado el bien inmuebles que se esta heredando. Este impuesto se debe pagar dentro de los 6 primeros meses desde el fallecimiento.Impuestos de la herencia

 

7.- Una vez realizados estos pasos para tramitar la herencia ya solo quedará la adjudicación de los bienes, en caso de cuentas corrientes se deberá presentar todo la documentación de haber liquidado los impuestos para que se liberen las mismas, y en caso de existir vehículos se deber hacer una transferencia de vehículos ante la dirección general de tráfico.

 

¡IMPORTANTE!  Si quiere evitar colas, viajes pérdidas de tiempo y dinero, todos estos trámites (Herencias, certificados de defunción y de últimas voluntades, confección, liquidación y pago de la plusvalía, inscripción en el Registro de la Propiedad, transferencias de vehículos) los podemos encargar nosotros de manera online desde Consultec-Asesoría Villafranca con el consiguiente ahorro de tiempo y preocupaciones.

 

Documentación necesaria para tramitar una herencia

 

  • Fotocopia del DNI del fallecido.
  • Fotocopia de los herederos.
  • Certificado Bancario original.
  • Documentos vehículo.
  • Certificado de defunción.
  • Certificado de últimas voluntades.
  • Testamento de la persona fallecida.
  • Fotocopia de las escrituras de la viviendas a heredar (Escritura de compra o herencia)
  • Copia del Testamento (Si lo hubiera)
  • Certificado de seguros de vida.
  • Impuesto de sucesiones pagado (Modelo 660-650)
  • Impuesto de plusvalía pagado.
  • Inscripción catastral.
  • Inscripción en el registro de la propiedad.

 

 

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